NOTARIA OCTAVA DE MEDELLÍN
OBJETIVO
El colaborador que ingresa a prestar sus servicios a la NOTARIA deberá comprender y resolver sus dudas acerca de beneficios, procedimientos, políticas de la Notaria; así mismo crear la oportunidad de pertenencia y permanecía dentro de la organización con cultura de prevención y cuidado.
MISIÓN
Nuestra misión es brindar un excelente servicio en desarrollo de las funciones que nos han sido encomendadas por ley, de ahí que propendemos por asesorar debidamente a los usuarios parea la gestión de sus negocios jurídicos, mediante el despliegue del talento humano, el uso de una adecuada infraestructura y de los medios tecnológicos, más avanzados, con ética, seriedad y compromiso.
VISIÓN
Por tanto, nuestro visón es destacarnos dentro del gremio mediante la prestación del servicio, por lo que se cuenta con personal altamente calificado, que trabaja en equipo y que siempre esta dispuesta a atender de la mejor manera a los usuarios, brindándoles un trato personalizado que los haga entronizar la idea de que su persona, honra y bienes están en las mejores manos, pues serán manejadas con ética, seriedad, compromiso y agilidad.
FUNCIONES Y DEBERES NOTARIALES
DECRETO 960 DE 1970. “ARTICULO 3o. Compete a los Notarios:
1. Recibir, extender y autorizar las declaraciones que conforme a las Leyes requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran revestir de esta solemnidad.
2. Autorizar el reconocimiento espontáneo de documentos privados.
3. Dar testimonio de la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros Notarios que las tengan registradas ante ellos.
4. Dar fe de la correspondencia o identidad que exista entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal.
5. Acreditar la existencia de las personas naturales y expedir la correspondiente fe de vida.
6. Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la Ley o el Juez ordenen protocolizar o que los interesados quieran proteger de esta manera.
7. Expedir copias o certificaciones según el caso, de los documentos que reposen en sus archivos.
8. Dar testimonio escrito con fines jurídico - probatorios de los hechos percibidos por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos.
9. Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que conforme a la Ley civil deban otorgarse ante ellos. 10. Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados.
10. Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados.
11. Derogado por el art. 46 del Decreto 2163 de 1970.
12. Derogado por el art. 46 del Decreto 2163 de 1970.
13. Llevar el registro del estado civil de las personas en los casos, por los sistemas y con las formalidades prescritos en la Ley.
14. Las demás funciones que les señalen las Leyes.
PARÁGRAFO.
Sucesiones. Decreto 902 de 1988.
Declaración extra proceso. Decreto 1557 de 1989. Ley 82 de 1993.
Conciliaciones. Ley 640 de 2001. Decreto 2771 de 2001. Decreto 30 de 2002.
Remates. Decreto 890 de 2003. Ley 1395 de 2010. Art. 454 del Código General del Proceso.
Procesos de insolvencia de persona natural no comerciante. Ley 1564 de 2012.
Declaraciones de unión marital de hecho, sociedad patrimonial de hecho y su disolución y liquidación. Ley 54 de 1990
Cambios de nombre y corrección de registro civil. Decreto 999 de 1988. Decreto 1664 de 2015.
Afectación a vivienda familiar. Ley 258 de 1996.
Patrimonio inembargable de Familia. Ley 70 de 1931. Ley 495 de 1999. Decreto 2817 de 2006. Decreto 1069 de 2015.
Constitución de Patrimonio de Familia de Único bien urbano o rural perteneciente a la mujer cabeza de familia. Ley 861 de 2003.
Funcionarios
El Notario de la Notaria Octava de Medellín es el Dr. Yojairo García Mozo, nacido en Pivijay, departamento del Magdalena; abogado y especialista en Derecho Penal y estudios Pedagógicos, ha sido profesor de pregrado y posgrado; Registrador de Instrumentos Públicos; Asesor de empresas y Juez de la República lo que hoy se conoce como procurador jucial.
La Notaria cuenta con funcionarios capacitados para la atención de las necesidades de cada usuario, respaldo del Notario, quien se encarga de la asesoria de clientes,
- Agilidad y celeridad en el trabajo, para un cliente satisfecho.
Normatividad
Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la organización del notariado, la función notarial y la teoría formal del instrumento público
Transparencia
Informes
Datos abiertos
Procesos y procedimientos
En este enlace encontrará una descripción de los procedimientos que se siguen en la Notaría de las diferentes áreas.
Información adicional
En está sección encontrará la información general o adicional útil para los usuarios, ciudadanos o grupos de interés.